Por solicitud del
Ministerio de Vivienda, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, presidida
por el Ministro de las TIC, determinó ampliar la entrada en vigencia de este
reglamento, el cual estaba previsto para el 1 de agosto.
La Comisión
de Regulación de Comunicaciones (CRC) determinó, en Sesión del día martes 29 de
julio, ampliar hasta el 1 de diciembre de 2014 la entrada en vigencia del
Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL). Propiedad Horizontal.Interés prioritadio
Esta decisión fue adoptada en atención a las
peticiones y comentarios de orden técnico recibidos de diversos actores y en
especial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, entidad que de manera
particular solicitó a la CRC ampliar el plazo establecido actualmente para el 1
de agosto de 2014, con el fin de revisar conjuntamente aspectos técnicos
relativos a la infraestructura que será exigida, con especial énfasis en
aquellos aplicables a los programas de Vivienda de Interés Prioritario.
Es importante tener en cuenta que esta normativa
tiene como objetivo que las nuevas construcciones de vivienda u oficina,
sometidas a régimen de propiedad horizontal, cumplan con un conjunto de
obligaciones técnicas mínimas que garanticen a los usuarios la adecuada
prestación de los servicios de telefonía, Internet y TV.
El RITEL aplica para aquellos inmuebles que
soliciten licencia de construcción como obra nueva a partir de la entrada en
vigencia del mismo, incluyendo la vivienda de interés social y de interés
prioritario. Asimismo, para los inmuebles construidos con anterioridad el
citado reglamento es de carácter voluntario y será la comunidad de propietarios,
bajo las reglas previstas en la Ley 675 de 2001, quién decidirá su
implementación. Amilde Frías - Mintic.
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