Un verdadero Gol y de
chalaca! Es el que acaba de anotar la alcaldesa de Barranquilla y su equipo de
asesores, con la decisión que adoptó el honorable Consejo de Estado,
Sala de los Contencioso Administrativo, sección cuarta que determinó mediante
fallo de hace dos días que la “Sentencia del 6 de agosto del 2014 contra la Estampilla Pro hospital aún no se encuentra en firme, porque no se ha resuelto la solicitud
de aclaración presentada por el Distrito de Barranquilla, señalando además que será
cuando quede ejecutoriada la providencia de la Sala que resuelva dicha consulta
que quedara ejecutoriado el Fallo de Segunda Instancia.
Así las cosas esto permite
que cesa la investigación disciplinaria que inició la Procuraduría General de
la Nación contra la alcaldesa por violación
a Resolución Judicial, y que había interpuesto Intergremail y Camacol .
Esto permite el continuar
con el cobro de la estampilla. No queda en firme la sentencia que anuló los Artículos
5 y 6 de la Ordenanza 070 del 2009.
Y, lo más importante, la
tranquilidad de conciencia y de espíritu para la alcaldesa al permitir continuar
cobrando la Estampilla Pro hospital en beneficio de los más pobres.
Comunicado - Barranquilla, 16 de
diciembre. El Honorable Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Cuarta, mediante fallo del 15 de diciembre de 2015,
radicado bajo el número 08001-23-31-000-2010-00031-01 (20678), determinó que la
sentencia del 6 de agosto de 2014 en contra de la Estampilla Prohospital aún no
se encuentra en firme, porque no se ha resuelto la solicitud de aclaración
presentada por el Distrito de Barranquilla, indicando además que “será cuando
quede ejecutoriada la providencia de la Sala que resuelva tal solicitud que
quedará ejecutoriado el fallo de segunda instancia”.
De igual manera, a través
del citado auto el Consejo de Estado adoptó, además, las siguientes decisiones
en favor de la defensa jurídica interpuesta por el Distrito de Barranquilla:
1) Aceptar al
Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla como coadyuvante del
departamento del Atlántico.
2) Revocar la providencia del 19 de junio
de 2015, objeto de súplica y, en su lugar, dejar sin efectos el auto del 16 de diciembre de 2014, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. Hay Más. Fallo baja la tensión ...ir a: economiaypoliticaconamadoucros.blogspot.com.co
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