Dos votos contra uno fue el
resultado de la votación de Junta Directiva del honorable Senado de la República
que dio al traste con la Moción de
Censura que el Senador Jorge Robledo propuso contra el Ministro de Hacienda
Alberto Carrasquilla por los llamados Bonos Carrasquilla, o Bonos Agua o del
Agua.
Por las declaraciones de la
semana anterior de los miembros de Junta Directiva de la Cámara Alta, era de
esperarse el resultado que se dio a
conocer hoy, ya que previamente la Senadora Angélica Lozano había dicho que
no compartía el concepto de un Estudio Jurídico que la abogada asesora le había
entregado al señor Presidente de Senado
Ernesto Macías.
Sin embargo tanto el Senador
Eduardo Pulgar del Partido Conservador, como la Senadora Angélica Lozano habían
optado por tomarse el fin de semana para estudiar y analizar el concepto
jurídico que la doctora
Carolina Velásquez Burgos asesora de Presidencia del Senado le había hecho
llegar en días anteriores al Presidente Macías, quien a la postre salió
victorioso pues contó con el apoyo del Senador Pulgar.
El concepto recoge la tesis
que las Mociones de Censura deben realizase cuando se cometen las presuntas
irregularidades por parte del
funcionario y no posteriormente en ejercicio y en desarrollo de otro mandato.
Por su parte el Senador Jorge
Robledo ha autor del debate de Control Político ya ha hecho público las
denuncias que cursan contra el Ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla en la
Procuraduría la Contraloría y la Fiscalía, en este ente desde al año 2012.
Mientras en la Cámara se
estudia la posibilidad que el debate continúe, dado a que hay parlamentarios
que consideran que los hechos notorios del Ministro en ese período ameritan que
sea objeto de una Moción de Censura.
Para el Senador Robledo las
faltas del Ministro Carrasquilla, no solo son éticas ni morales, sino también legales,
dado a que los créditos por los llamados Bonos del Agua, era nueve puntos más
altos de lo que para aquél momento se
conseguían en el mercado financiero.
Como lo dijo el Senador
Robledo en el debate de Control Político
el Ministro Carrasquilla violó el Artículo 35 del Condigo Único Disciplinario
que prohíbe expresamente a los ex –funcionarios asesorar sobre asuntos que
conocieron en desarrollo de sus funciones, que según Sentencia de la Corte
Constitucional C– 893 – del 2003, es una prohibición extendida en el tiempo
según el denunciante. Hay más.-
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