Barranquilla, octubre/ 2015. Mediante Circular
Administrativa 001 de 2015, la Gerencia de Gestión de Ingresos, de la
Secretaría de Hacienda Distrital, les recordó a los notarios de la ciudad, al
registrador de Instrumentos Públicos, a los funcionarios de la administración
tributaria y a los contribuyentes la obligación legal de exigir el pago de la
Estampilla Pro hospitales de primer y segundo nivel de atención.
La circular, firmada por el gerente de Gestión de
Ingresos del Distrito, Fidel Castaño Duque, manifiesta que mediante la Ley 663
de 2001 se autorizó a la Asamblea del Atlántico para ordenar la emisión de una
estampilla para contribuir con la dotación, funcionamiento y desarrollo de los
hospitales de primer y segundo nivel de atención y que esta corporación expidió
la Ordenanza 070 de 2009 autorizando al Concejo de Barranquilla a emitir la
Estampilla, hecho que se materializó en el Acuerdo 015 de 2009,
estableciendo como hecho generador la expedición del estado de cuenta o
documento que acredite el pago del impuesto predial para efectos de la
protocolización de todo acto u operación sobre bienes inmuebles que implique la
transferencia de dominio, en los términos del Código Civil Colombiano y del
Artículo 27 de la Ley 14 de 1983, empleando como base gravable el valor de la
operación liquidando como tarifa del 1.5%. . Hay Más en:http://informesespecialesamadoucros.blogspot.com.co/
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